Con la apertura de nuevos sectores productivos autorizados para ejercer sus actividades económicas, se hace obligatorio la implementación de las resoluciones 666 de 2020 y 675 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo objeto es adoptar el protocolo general de bioseguridad para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, y adoptar el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del COVID-19, respectivamente.
Contamos con licencia de especialista de Seguridad y Salud en el Trabajo.
TRAMITE QUE DEBEN CUMPLIR LOS EMPRESARIOS.
Enviar solicitud de apertura al correo electrónico: secretariadafe@popayan.gov.co.
Documentos anexos.
- Formulario de registro para empresas (Se descarga en la página web www.popayan.gov.co).
- Certificado de Matricula Mercantil.
- RUT (registro único tributario).
- Fotocopia cedula de ciudadanía del representante legal.
- Concepto sanitario (expide secretaría de salud)
- Documento con protocolos de bioseguridad de la empresa, establecidos en las resoluciones 666-675 de 2020.
- Para la movilización de los trabajadores la empresa debe entregar un certificado laboral.
