PROTOCOLO GENERAL DE BIOSEGURIDAD

Con la apertura de nuevos sectores productivos autorizados para ejercer sus actividades económicas, se hace obligatorio la implementación de las resoluciones 666 de 2020 y 675 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo objeto es adoptar el protocolo general de bioseguridad para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, y adoptar el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del COVID-19, respectivamente.

Contamos con licencia de especialista de Seguridad y Salud en el Trabajo.

TRAMITE QUE DEBEN CUMPLIR LOS EMPRESARIOS.

Enviar solicitud de apertura al correo electrónico: secretariadafe@popayan.gov.co.

Documentos anexos.

  • Formulario de registro para empresas (Se descarga en la página web www.popayan.gov.co).
  • Certificado de Matricula Mercantil.
  • RUT (registro único tributario).
  • Fotocopia cedula de ciudadanía del representante legal.
  • Concepto sanitario (expide secretaría de salud)
  • Documento con protocolos de bioseguridad de la empresa, establecidos en las resoluciones 666-675 de 2020.
  • Para la movilización de los trabajadores la empresa debe entregar un certificado laboral.

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