Mediante Ley 2027 del 24 de Julio de 2020, EL CONGRESO DE COLOMBIA establece amnistía a los deudores de multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito y así posibilitar la suscripción de acuerdos de pago por deudas de los derechos de tránsito a las autoridades de tránsito.
Se aplicara lo contenido en este decreto a partir de su promulgación y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Se benefician de lo contenido en esta Ley, los infractores que tengan pendiente el pago de las multas, están pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por infracciones a las normas de tránsito impuestas hasta el 31 de mayo de 2020.
El plazo para pagar lo debido, será hasta de un año.
Quienes incumplan con una sola de las cuotas pactadas, perderán el beneficio de la amnistía.
Están exceptuados aquellos conductores que, al momento de los hechos constitutivos de la infracción, estuvieran en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas de que trata la Ley 1696 de 2013.
Los vehículos se entregaran cuando el infractor este a PAZ Y SALVO o haya suscrito acuerdo de pago.